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Complementos salariales: qué son, tipos y cuándo te los pueden quitar

Qué son los complementos salariales según el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, sus tres tipos con ejemplos reales de convenios, cuáles se consolidan, cómo funciona la absorción y compensación y qué hacer si te los quitan.

· Equipo TrabajoPlus · 8 min de lectura

Contenido contrastado con fuentes oficiales y actualizado el .

Ilustración con el texto complementos salariales: personales, por el trabajo realizado o por resultados de la empresa

Tu nómina casi nunca se queda en el salario base. Debajo aparecen líneas como antigüedad, plus de convenio, nocturnidad o complemento de puesto: son los complementos salariales. Saber de qué tipo es cada uno te dice si lo vas a seguir cobrando cuando cambies de puesto, si una subida del convenio se lo puede «comer» y si puedes reclamarlo.

Esta guía explica qué dice el Estatuto de los Trabajadores y lo aterriza con ejemplos de convenios publicados en el BOE y en el BOCM.

Información general. Los complementos concretos, su importe y sus condiciones los fija tu convenio colectivo o tu contrato. Si crees que te deben un complemento o te lo han quitado, consulta a la representación de los trabajadores, a un sindicato o a un abogado laboralista.

Qué son los complementos salariales

El artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores considera salario todo lo que cobras, en dinero o en especie, por tu trabajo. Dentro del salario distingue dos piezas:

  • Salario base: la retribución fijada por unidad de tiempo (por ejemplo, al mes) o de obra.
  • Complementos salariales: lo que se suma al salario base en función de tus condiciones personales, del trabajo realizado o de la situación y resultados de la empresa.

La ley no dice qué complementos hay ni cuánto valen. Esa estructura la fija la negociación colectiva o, si no hay nada, tu contrato individual. Por eso dos personas con el mismo puesto pueden tener complementos distintos si están en convenios diferentes. Si no sabes cuál te corresponde, empieza por la guía del convenio colectivo.

Los tres tipos de complementos, con ejemplos reales

Tipo (art. 26.3 ET) Qué retribuye Ejemplo publicado
Condiciones personales Algo tuyo: años en la empresa, títulos, idiomas Oficinas y despachos de Madrid: antigüedad del 4 % del sueldo base por cada cuatrienio
Trabajo realizado Cómo, cuándo o dónde trabajas: puesto, nocturnidad, penosidad, asistencia Mercadona: plus de nocturnidad de 2,24 € brutos por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00
Situación y resultados de la empresa Objetivos, beneficios o productividad Mercadona: prima de una mensualidad del salario de grupo de enero si se cumplen los objetivos

Algunos ejemplos más de cómo cambia un mismo complemento según el convenio:

  • Nocturnidad: el Estatuto obliga a que el trabajo nocturno tenga una retribución específica, pero deja la cuantía a la negociación colectiva. En oficinas y despachos de Madrid es un 20 % más sobre el sueldo base; en el convenio estatal de ingenierías, un 100 % más, salvo para el trabajo a turnos y el personal contratado para trabajar de noche. Lo desarrollamos en trabajo nocturno.
  • Asistencia: en Correos, el complemento de producción y asistencia se cobra en proporción a los días trabajados en el mes, con un descuento por cada día de inasistencia.
  • Baja médica: muchos convenios pagan un complemento para completar la prestación de incapacidad temporal. En oficinas y despachos de Madrid, si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, se complementa hasta el 100 % de la base reguladora desde el primer día y hasta un máximo de doce meses. Cómo funciona en general, en baja por enfermedad común.
  • Antigüedad: la ley solo prevé una «promoción económica» en los términos del convenio o del contrato, así que cada convenio decide si existe y cómo se calcula. Lo vemos con detalle en antigüedad y trienios.

Consolidables o no: cuándo dejas de cobrarlos

El convenio o el contrato debe decir si un complemento es consolidable, es decir, si lo mantienes aunque desaparezca la causa que lo originó. Si no dice nada, el Estatuto fija la regla:

  • Los complementos vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados de la empresa no se consolidan. Si cambias a un puesto sin nocturnidad, dejas de cobrar el plus de nocturnidad; si la empresa no llega a los objetivos, no hay prima.
  • Los personales, como la antigüedad, suelen mantenerse mientras sigas en la empresa, pero lo que manda es lo que diga tu convenio.

Un ejemplo de cláusula expresa: el convenio de Mercadona dice que su complemento de puesto es «de índole funcional» y no tiene carácter consolidable.

Complementos salariales y percepciones extrasalariales

No todo lo que aparece en el bloque de devengos de la nómina es salario. El Estatuto excluye las indemnizaciones o suplidos por gastos de tu actividad laboral, las prestaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.

Complemento salarial Percepción extrasalarial
Qué paga Tu trabajo Un gasto que te genera el trabajo
Ejemplos Antigüedad, nocturnidad, plus de puesto, prima Dietas, kilometraje, ciertos pluses de transporte o vestuario
¿Es salario? Sí No

El nombre no basta para saber qué es: el convenio estatal de seguridad privada, por ejemplo, define su plus de transporte como compensación de los gastos de desplazamiento. Los límites para que las dietas y el kilometraje no coticen ni tributen están en dietas y kilometraje. Y si parte de tu sueldo es un coche, un seguro o vivienda, mira salario en especie, que no puede pasar del 30 % de tus percepciones salariales.

Absorción y compensación: por qué una subida no siempre se nota

El artículo 26.5 del Estatuto permite la compensación y absorción cuando lo que cobras de verdad, en conjunto y en cómputo anual, es más favorable que lo que fijan la ley o el convenio. En la práctica, si ya cobras por encima de tablas, una subida del convenio puede «absorberse» con un complemento voluntario, como un plus ad personam o una mejora voluntaria, en lugar de sumarse.

El caso más conocido es el salario mínimo. En 2026 el SMI es de 1.221 euros al mes, y en cómputo anual no puede ser inferior a 17.094 euros. El Real Decreto 126/2026 dice que a ese mínimo se suman los complementos del artículo 26.3 que fijen el convenio o el contrato, pero también que la subida no afecta a quien ya cobra, en conjunto y en cómputo anual, más que el SMI. Si cobras menos, la empresa debe subirte lo necesario para llegar.

Un ejemplo ilustrativo: si tu convenio fija 16.000 euros al año de salario base y la empresa te paga además 1.500 euros de mejora voluntaria, cobras 17.500 euros. La subida del SMI de 2026 no te cambia el sueldo, porque ya estás por encima de 17.094 euros. Si solo cobraras los 16.000 euros, la empresa tendría que pagarte la diferencia. Que un complemento concreto pueda absorberse depende de su naturaleza y de lo que diga tu convenio, así que ante la duda pregunta a tu sindicato. Todo sobre el mínimo legal, en salario mínimo interprofesional.

Cotizan y tributan como el resto del sueldo

  • Seguridad Social: la base de cotización es la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, en dinero o en especie. Los complementos de vencimiento superior al mes, como una prima anual, se prorratean en doce meses.
  • IRPF: todas las contraprestaciones del trabajo, se llamen como se llamen, son rendimientos del trabajo. La empresa aplica la retención sobre ellas.
  • Pagas extra: el Estatuto reconoce dos al año, pero su cuantía la fija el convenio. En oficinas y despachos de Madrid cada paga es una mensualidad de salario base más antigüedad; otros convenios incluyen más complementos. Te lo explicamos en la paga extra.

Si quieres ver en qué línea de la nómina aparece cada complemento y cómo pasar de bruto a neto, lee cómo leer una nómina y salario bruto y neto.

Si te quitan o no te pagan un complemento

  1. Comprueba su origen: busca el complemento en tu convenio, en tu contrato o en un pacto de empresa, y mira si es consolidable.
  2. Revisa si ha cambiado la causa: si has cambiado de puesto o de turno, un complemento de puesto puede desaparecer legalmente.
  3. Si la empresa cambia el sistema de remuneración o la cuantía, es una modificación sustancial de condiciones de trabajo, con su propio procedimiento y sus plazos para impugnarla.
  4. Reclama por escrito y, si no hay respuesta, con la papeleta de conciliación. La acción para exigir cantidades prescribe al año desde que pudiste reclamarlas, y el retraso en el pago genera un interés del 10 % de lo adeudado.

La empresa también debe tener un registro con los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales, desagregado por sexo. Si sospechas que un complemento se reparte de forma desigual, la guía de igualdad salarial y registro retributivo explica cómo acceder a él. Y si lo que buscas es mejorar tu sueldo con un nuevo plus, prepara la conversación con cómo pedir un aumento de sueldo.

Última comprobación de normas y convenios citados: 21 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué son los complementos salariales?

Son las cantidades que cobras además del salario base. El Estatuto de los Trabajadores dice que se fijan en función de tus condiciones personales, del trabajo realizado o de la situación y resultados de la empresa, y que los determina el convenio colectivo o, en su defecto, el contrato.

¿Me pueden quitar un complemento salarial?

Depende del complemento. Salvo que se pacte otra cosa, los vinculados al puesto o a los resultados de la empresa no son consolidables: si cambias de puesto o no se dan los resultados, dejas de cobrarlos. Si la empresa quiere cambiar el sistema de remuneración o la cuantía salarial, es una modificación sustancial de condiciones de trabajo.

¿Qué es la absorción y compensación de complementos?

Es la regla del artículo 26.5 del Estatuto: si lo que cobras, en conjunto y en cómputo anual, es más favorable que lo que fijan la ley o el convenio, la empresa puede compensar con ello una subida del convenio o del salario mínimo, en lugar de sumarla.

¿Los complementos salariales cotizan a la Seguridad Social?

Sí. La base de cotización es la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación. También son rendimientos del trabajo en el IRPF. Las indemnizaciones o suplidos por gastos, como algunos pluses de transporte, no son salario y siguen reglas propias.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un complemento no pagado?

Un año desde que pudiste reclamarlo, según el artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores. Si la empresa se retrasa en pagar el salario, el interés por mora es el 10 % de lo adeudado.

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