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Vida laboral y derechos

Baja por enfermedad común: cuánto se cobra, quién paga y cuánto puede durar

Cuánto se cobra en una baja por enfermedad común (60 % y 75 %), quién paga cada tramo, qué cotización se exige, cuánto puede durar y qué dice el convenio.

· Equipo TrabajoPlus · 2 min de lectura

Contenido contrastado con fuentes oficiales y actualizado el .

Hombre con mascarilla sentado en unas escaleras con las manos en la cabeza

Cuando una enfermedad o un accidente no laboral te impide trabajar, tienes derecho a una baja médica y a una prestación por incapacidad temporal. Estas son las reglas generales de la Seguridad Social para la enfermedad común.

Información general. Tu convenio, tu contrato o tu mutua pueden mejorar estas condiciones. Verifica siempre tu caso con la Seguridad Social o la empresa.

Requisitos

  • Estar afiliado y en alta (o en situación asimilada al alta).
  • Tener cubierto un periodo mínimo de 180 días cotizados en los 5 años anteriores a la baja.
  • Que el médico del servicio público de salud o de la mutua emita la baja.

Cuánto se cobra

La prestación se calcula sobre tu base reguladora:

Días de baja Porcentaje
Días 1 a 3 Sin prestación de la Seguridad Social (el convenio puede mejorarlo)
Días 4 a 20 60 % de la base reguladora
Desde el día 21 75 % de la base reguladora

Quién paga

  • Días 4 a 15: paga la empresa.
  • Desde el día 16: responde la Seguridad Social (INSS) o la mutua, aunque muchas veces es la empresa quien hace el pago delegado.

Cuánto puede durar

La duración máxima de la baja es de 365 días, y puede prorrogarse 180 días más según las reglas de la Seguridad Social. Pasado ese plazo, se evalúa tu situación por si corresponde otra prestación.

¿Se cobra el 100 %?

La respuesta depende de tu convenio colectivo. Muchos convenios obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100 % del salario durante toda o parte de la baja, o a pagar los tres primeros días. Si no está claro, pregunta en personal y revisa el convenio colectivo. Para entender qué se cuenta en tu salario, mira cómo leer una nómina.

Qué hacer si estás de baja

  1. Entrega el parte de baja a la empresa en el plazo indicado y sigue el calendario de partes de confirmación.
  2. Cumple las citas médicas y las revisiones.
  3. Sé prudente con tu actividad durante la baja, porque podría afectar a tu derecho.
  4. Mantén el contacto con tu responsable sin presionarte para volver antes de tiempo. Si el estrés es parte del problema, mira estrés laboral.

Casos especiales

  • Si la baja procede de un accidente de trabajo, las reglas son distintas: consulta accidente de trabajo.
  • Si eres empleada de hogar, el calendario de pago es diferente.
  • Si eres autónomo, las condiciones dependen de tu base: mira cuota de autónomos 2026.

Vacaciones y baja

Si te coinciden la baja y las vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas después en determinados casos. Lo explicamos en vacaciones en España.

Preguntas frecuentes

¿Se cobra el 100 % en una baja por enfermedad común?

Por regla general, no: la Seguridad Social paga el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Algunos convenios o contratos mejoran esa cantidad y completan hasta el 100 %: compruébalo en el tuyo.

¿Se cobra desde el primer día?

No. En la enfermedad común, la prestación de la Seguridad Social empieza el cuarto día de baja. Los tres primeros días, salvo que tu convenio diga lo contrario, no se cobra la prestación.

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