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Baja por ansiedad: cómo se pide, cuánto cobras y qué controles puede haber

Cómo funciona una baja por ansiedad en España: quién la da, qué sabe tu empresa, cuánto cobras como enfermedad común, cuándo puede ser accidente de trabajo y qué pasa si la mutua te cita o propone el alta.

· Equipo TrabajoPlus · 8 min de lectura

Contenido contrastado con fuentes oficiales y actualizado el .

Ilustración con el texto baja por ansiedad: 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y 75 % desde el día 21

Una baja por ansiedad no es un tipo especial de baja. Es una incapacidad temporal (IT) como la que se da por una gripe o una lesión: un médico valora que no puedes hacer tu trabajo habitual, emite el parte y, si cumples los requisitos, cobras un subsidio. Lo que cambia es que suele generar más dudas: qué sabe la empresa, si la mutua puede llamarte o si la causa puede ser el propio trabajo.

Esta guía explica el procedimiento y tus derechos. Si te encuentras mal, el primer paso es pedir cita con tu médico de atención primaria: es quien valora tu estado y decide si procede la baja.

Información general, no consejo médico ni jurídico. Solo un profesional sanitario puede valorar tu salud y decidir una baja. Para dudas laborales (despido, acoso, reconocimiento como accidente de trabajo), consulta con un sindicato o un abogado laboralista. Si tienes pensamientos de hacerte daño, llama al 024, la línea del Ministerio de Sanidad: es gratuita, confidencial y funciona las 24 horas del día, los 365 días del año. No sustituye a la consulta presencial con un profesional.

Quién da la baja y cómo se tramita

La baja la expide el médico del servicio público de salud que te ha reconocido. Todo parte de baja va precedido de un reconocimiento que permita valorar de forma objetiva si puedes hacer tu trabajo habitual. Ni tu empresa ni la mutua pueden darte la baja por una enfermedad común.

Lo que ocurre después es casi automático:

  • El médico te entrega una copia del parte de baja, de cada confirmación y del alta.
  • Los datos viajan solos: el servicio de salud los envía al INSS y el INSS comunica a la empresa lo necesario. Desde el 1 de abril de 2023 no tienes que llevar ningún papel a la empresa.
  • Revisiones periódicas: según la duración que estime el médico, te dará partes de confirmación con una frecuencia máxima fijada por norma (tabla de abajo). El médico puede citarte antes.
  • Informes de seguimiento: si la baja la gestiona el servicio público de salud y dura más de 30 días, el segundo parte de confirmación va acompañado de un informe médico complementario, y cada trimestre se emite un informe de control.
Duración estimada por el médico Primera revisión, como máximo Confirmaciones posteriores, como máximo
Menos de 5 días naturales Baja y alta en el mismo acto No hay
De 5 a 30 días 7 días Cada 14 días
De 31 a 60 días 7 días Cada 28 días
61 días o más 14 días Cada 35 días

Puedes consultar tus partes en la aplicación de tu servicio de salud o en la sede de la Seguridad Social; lo explicamos en cómo ver tu baja médica. Ten en cuenta que, desde el 1 de septiembre de 2026, quienes solicitan o cobran la prestación de IT están obligados a recibir por vía electrónica las notificaciones de la Seguridad Social.

Qué sabe tu empresa

Es una de las preocupaciones más habituales. Por norma, el INSS comunica a la empresa solo los datos identificativos de carácter meramente administrativo de los partes de baja, confirmación y alta. El diagnóstico no forma parte de esa comunicación.

Además, los datos que manejan el INSS y las mutuas para controlar la baja son confidenciales y solo pueden usarse para ese control: la norma dice expresamente que en ningún caso podrán utilizarse con fines discriminatorios o en perjuicio del trabajador.

Que no se entere por el parte no significa que tengas que ocultar nada ni que debas contarlo: decidir si hablas de tu salud con la empresa es cosa tuya.

Cuánto cobras

Si la ansiedad se trata como enfermedad común, que es lo más frecuente, se aplican las reglas generales de la baja por enfermedad común:

Concepto Regla
Requisito de cotización 180 días cotizados en los 5 años anteriores
Días 1 a 3 Sin prestación de la Seguridad Social
Días 4 a 20 60 % de la base reguladora
Desde el día 21 75 % de la base reguladora
Quién paga los días 4 a 15 La empresa
Desde el día 16 INSS o mutua, normalmente a través de tu nómina (pago delegado)
Base reguladora Base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja dividida por sus días. Desde el 1 de diciembre de 2026, la del mes anterior al mes previo a la baja (Real Decreto-ley 31/2026)

Tu convenio colectivo puede prever un complemento que mejore esas cantidades, porque las mejoras voluntarias son lo único de la Seguridad Social que se puede negociar colectivamente. Revisa tu convenio y mira cómo queda tu sueldo en la nómina con baja por enfermedad.

La baja puede durar como máximo 365 días, prorrogables otros 180 si se prevé el alta por curación en ese tiempo. Si vuelves a darte de baja por la misma o similar patología dentro de los 180 días siguientes al alta, se considera recaída y los periodos se suman. Tienes todos los detalles en incapacidad temporal.

Cuándo puede ser accidente de trabajo

La Ley General de la Seguridad Social considera accidente de trabajo las enfermedades que contraigas con motivo de tu trabajo siempre que se pruebe que tuvieron por causa exclusiva su ejecución. Es una exigencia alta: no basta con que el trabajo influya.

Si crees que tu ansiedad se debe al trabajo (por ejemplo, una situación de acoso laboral), puedes pedir al INSS que determine la contingencia:

  1. Lo solicitas tú (o tu representante legal), con toda la documentación: informes médicos, pruebas y lo que acredite la relación con el trabajo. La sede de la Seguridad Social tiene un servicio para pedirlo.
  2. El INSS pide información al servicio de salud y a la mutua, y el equipo de valoración de incapacidades emite un informe.
  3. El director provincial resuelve en un máximo de 15 días hábiles desde que se aporta la documentación.

Mientras tanto, si tu médico emitió la baja como enfermedad común, cobras como enfermedad común. Si al final se declara profesional, la mutua te abona la diferencia. Lo que supone el cambio de contingencia lo explicamos en accidente de trabajo. Es un trámite donde merece la pena el asesoramiento de un sindicato o abogado.

La mutua durante la baja

Si tu empresa tiene contratada con una mutua la gestión de la IT por contingencias comunes, la mutua puede intervenir, pero con límites:

  • Puede citarte a reconocimiento, con una antelación mínima de cuatro días hábiles. El reconocimiento debe respetar tu intimidad y tu dignidad.
  • Si no acudes, te suspende cautelarmente el subsidio. Tienes diez días hábiles para justificarlo; si no, se extingue. Cuenta como justificación un informe del médico del servicio público de salud que diga que acudir era desaconsejable por tu situación clínica, o que te citaran con menos de cuatro días hábiles.
  • Solo puede hacerte pruebas o tratamientos con autorización previa de tu médico del servicio público de salud y tu consentimiento informado.
  • No puede darte el alta en una enfermedad común: solo puede enviar una propuesta motivada de alta a la inspección médica, y debe avisarte a la vez. Te explicamos qué hacer en alta médica de la mutua.

Tus obligaciones mientras estás de baja

El subsidio puede denegarse, anularse o suspenderse si actúas de forma fraudulenta o si trabajas por cuenta propia o ajena durante la baja. También puede suspenderse si rechazas o abandonas sin causa razonable el tratamiento indicado. Acude a las revisiones y a las citas, y si no puedes ir a alguna, avisa y justifícalo cuanto antes.

Cuando te den el alta, sus efectos laborales empiezan el día siguiente a su emisión y tienes que reincorporarte ese mismo día.

Si te despiden o te tratan peor por estar de baja

La IT suspende el contrato, pero no lo blinda. Sí existe una protección clara: la Ley 15/2022 prohíbe la discriminación por razón de enfermedad o condición de salud, también en el despido. La enfermedad no puede justificar un trato distinto, salvo el que derive del propio tratamiento, de limitaciones objetivas o de razones de salud pública. Si te ocurre, revisa despido estando de baja y ten presente que el plazo para reclamar un despido es corto. Si el origen está en la carga de trabajo, también te puede servir nuestra guía sobre estrés laboral.

Preguntas frecuentes

¿Quién da la baja por ansiedad?

El médico del servicio público de salud que te reconoce, normalmente tu médico de atención primaria. Todo parte de baja va precedido de un reconocimiento médico que permita valorar si puedes hacer tu trabajo habitual. Ni la empresa ni la mutua pueden darte la baja por una enfermedad común.

¿Se entera mi empresa de que tengo ansiedad?

No por el parte. El INSS comunica a la empresa solo los datos identificativos de carácter meramente administrativo de los partes de baja, confirmación y alta. Desde abril de 2023 tampoco tienes que llevar tú ninguna copia a la empresa.

¿Cuánto cobro de baja por ansiedad?

Si es enfermedad común y tienes 180 días cotizados en los últimos cinco años, cobras desde el cuarto día: el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Los días 4 a 15 los paga la empresa. Tu convenio puede mejorar estas cantidades.

¿La ansiedad puede ser accidente de trabajo?

Sí, si se prueba que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución de tu trabajo. Tú mismo puedes pedir al INSS que determine la contingencia, aportando informes y pruebas. Mientras se resuelve, cobras como enfermedad común.

¿Qué pasa si la mutua me cita estando de baja por ansiedad?

La mutua puede citarte a reconocimiento con al menos cuatro días hábiles de antelación. Si no acudes, te suspende el subsidio y tienes diez días hábiles para justificarlo, por ejemplo con un informe de tu médico que diga que acudir era desaconsejable.

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