Indemnización por despido: tipos, cuánto corresponde y cómo se calcula (España)
Cuánto corresponde de indemnización en un despido improcedente, objetivo o al terminar un contrato temporal, con las fórmulas generales y ejemplos.
· Equipo TrabajoPlus · 6 min de lectura
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Cuando una empresa termina tu contrato, la indemnización depende de cómo termina. No todos los casos tienen derecho a ella y las cantidades varían bastante. Esta guía resume las reglas generales y te explica cómo se calcula cada una.
Información general sobre el marco laboral español. Tu convenio, tu contrato o una sentencia pueden modificar estas cifras. Para tu caso concreto, consulta con un sindicato o un abogado laboralista. Los plazos para impugnar un despido son muy cortos.
Resumen por tipo de extinción
| Tipo | Indemnización general | Tope |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días de salario por año de servicio (45 días por el periodo anterior al 12/02/2012) | 24 mensualidades (con reglas de transición) |
| Despido objetivo procedente (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) | 20 días de salario por año de servicio | 12 mensualidades |
| Despido colectivo | 20 días por año como mínimo legal, o lo pactado | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal (en general) | 12 días de salario por año de servicio | Sin tope general |
| Despido disciplinario procedente | Sin indemnización | — |
| Extinción por traslado con cambio de residencia | 20 días de salario por año de servicio | 12 mensualidades |
| Extinción por modificación sustancial de condiciones que te perjudica | 20 días de salario por año de servicio | 9 meses |
| Dimisión voluntaria | Sin indemnización | — |
| Despido nulo | Readmisión y abono de los salarios dejados de percibir | — |
El tiempo menor a un año se prorratea por meses.
Cómo se calcula (ejemplo ilustrativo)
Supón un contrato indefinido con 4 años y 6 meses de antigüedad y un salario de 24.000 € brutos al año, despido improcedente.
- Salario diario: 24.000 / 365 ≈ 65,75 €.
- Días de indemnización: 33 días × 4,5 años = 148,5 días.
- Indemnización: 148,5 × 65,75 ≈ 9.763 € (cifra orientativa).
Puedes hacer tu propio cálculo con la calculadora de finiquito e indemnización.
Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012
Si tu contrato empezó antes de la reforma laboral de 2012 y el despido es improcedente, la indemnización se calcula en dos tramos:
- Tramo antiguo: 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012.
- Tramo nuevo: 33 días por año desde esa fecha hasta el despido.
- Suma y tope: el total no puede pasar de 720 días de salario, salvo que el tramo antiguo por sí solo ya supere esa cifra. En ese caso, el máximo es lo que salga del tramo antiguo, sin superar nunca 42 mensualidades.
Dos ejemplos con un salario de 30.000 € brutos al año (unos 82,19 € al día) y despido improcedente el 12 de febrero de 2026:
| Caso | Tramo antes de 2012 | Tramo después de 2012 | Días totales | Indemnización aproximada |
|---|---|---|---|---|
| Alta el 12/02/2007 (19 años) | 5 años × 45 = 225 días | 14 años × 33 = 462 días | 687 días (no llega a 720) | 56.466 € |
| Alta el 12/02/1997 (29 años) | 15 años × 45 = 675 días | 14 años × 33 = 462 días | 1.137 días, se aplica el tope de 720 | 59.178 € |
En el segundo caso, el tramo antiguo (675 días) no supera los 720 días, así que manda el tope general. Las cifras son orientativas y no incluyen variables ni pluses que puedan formar parte del salario.
Si la empresa no paga: el FOGASA
Cuando la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abona las indemnizaciones reconocidas en sentencia, acto de conciliación judicial o resolución administrativa por despido o extinción del contrato. Ten en cuenta sus límites:
- Como máximo, una anualidad de indemnización.
- El salario diario que usa no puede superar el doble del salario mínimo interprofesional, incluida la parte proporcional de las pagas extra.
- En el despido improcedente, a efectos del FOGASA, la indemnización se calcula a razón de 30 días por año.
- Tienes un año para pedírselo desde la conciliación, la sentencia o la resolución que reconoce la deuda.
Por eso conviene reclamar pronto y dejar la deuda reconocida por escrito: sin ese título, el FOGASA no paga.
Despido improcedente: las opciones de la empresa
Cuando el despido se declara improcedente (por la propia empresa al reconocerlo o por un juez), la empresa suele poder elegir entre readmitirte o indemnizarte. En algunos casos, como los representantes de los trabajadores, la opción corresponde al trabajador.
Despido objetivo: requisitos
Debe haber una causa justificada, una comunicación por escrito con la causa, un preaviso (o su compensación) y la puesta a disposición de la indemnización en el momento del despido. Si no se cumplen los requisitos, puede declararse improcedente.
Fin de contrato temporal
Con carácter general, al finalizar un contrato temporal tienes derecho a una indemnización de 12 días por año de servicio. No la hay en los contratos formativos ni en el contrato de duración determinada por sustitución de otra persona trabajadora (la antigua interinidad). Revisa el tipo de contrato en la guía de contrato temporal y en la de tipos de contrato. Tienes ejemplos por meses trabajados, el caso de las ETT y qué revisar en el finiquito en la guía sobre cómo se calcula la indemnización por fin de contrato temporal.
Impuestos y cotización
- IRPF: la indemnización está exenta en la cuantía que fija con carácter obligatorio el Estatuto, con un límite de 180.000 euros. En los despidos colectivos y en los objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la exención llega hasta lo que correspondería por despido improcedente.
- Lo pactado de más tributa: lo que se fije por convenio, pacto o contrato por encima del mínimo legal no está exento. Lo acordado en la conciliación ante el servicio administrativo sí se trata como indemnización legal.
- Desvinculación real: si en los tres años siguientes vuelves a trabajar para la misma empresa o una vinculada, Hacienda presume que no hubo despido real y puedes perder la exención.
- Seguridad Social: la indemnización por despido no cotiza en la cuantía obligatoria del Estatuto.
Si la cifra es alta o hay un acuerdo de salida, consulta con un asesor fiscal antes de firmar.
Qué hacer si te despiden
- Pide la carta de despido y la propuesta de finiquito. Más detalle en qué es el finiquito.
- No firmes sin revisar; puedes firmar «no conforme».
- Consulta cuanto antes con un sindicato o un abogado laboralista: los plazos para reclamar son cortos.
- Solicita la prestación por desempleo: mira las ayudas si estás sin trabajo.
- Cuida tu situación personal y empieza a mover tu candidatura con el método de cómo buscar trabajo. Si lo que necesitas es apoyo para el ánimo, tienes ideas en estrés laboral.
Errores frecuentes
- Aceptar la cifra de la empresa sin comprobar el cálculo.
- No considerar toda la antigüedad reconocida.
- Olvidar salarios variables al calcular el salario diario.
- Dejar pasar el plazo de reclamación.
- Confundir indemnización y finiquito.
Saber qué te corresponde y por qué es la base para negociar y reclamar con seguridad. Usa los números como referencia y apóyate en un profesional para tu caso.
Cada tipo de despido tiene su guía (comparativa en tipos de despido): despido improcedente, despido objetivo y despido nulo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?
Con carácter general, 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades, para el periodo posterior a la reforma de 2012. Para el periodo anterior se aplicaba 45 días por año. Tu convenio puede mejorar estas cifras.
¿Hay indemnización en un despido disciplinario procedente?
No. Si el despido disciplinario se declara procedente, no hay indemnización, solo el finiquito con lo ya devengado. Si se declara improcedente, sí hay indemnización o readmisión.
¿Cómo se calcula la indemnización si mi contrato es anterior a 2012?
Se calcula en dos tramos: 45 días por año por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 y 33 días por año por el posterior. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el tramo anterior a 2012 ya dé más días; en ese caso se toma ese tramo como máximo, sin pasar nunca de 42 mensualidades.
¿La indemnización por despido paga IRPF?
La cuantía obligatoria según el Estatuto está exenta de IRPF, con un máximo de 180.000 euros. Lo que se pague por encima de ese mínimo legal por pacto o contrato tributa, aunque lo acordado en la conciliación administrativa sí cuenta como exento. Si vuelves a trabajar para la misma empresa en los tres años siguientes, se presume que no hubo desvinculación real.
¿Qué pasa si la empresa no puede pagar la indemnización?
Si la empresa es insolvente o está en concurso, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abona las indemnizaciones reconocidas en sentencia, conciliación o resolución, con límites: una anualidad como máximo y un salario diario que no puede superar el doble del salario mínimo. El derecho a pedírselo prescribe al año de la conciliación, sentencia o resolución que reconoce la deuda.
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