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Periodo de prueba: duración máxima, derechos y qué pasa si te despiden

Cuánto puede durar el periodo de prueba (2, 3 o 6 meses según el caso), cuándo es nulo, qué derechos tienes durante la prueba y si cobras el paro si te rescinden el contrato.

· Equipo TrabajoPlus · 3 min de lectura

Contenido contrastado con fuentes oficiales y actualizado el .

Ilustración con el texto periodo de prueba y los plazos máximos de 2, 3 y 6 meses

El periodo de prueba es el tiempo inicial del contrato en el que empresa y persona trabajadora comprueban si el puesto encaja. Durante ese tiempo cualquiera de las dos partes puede terminar la relación con mucha más facilidad que después. Lo regula el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Información general. Tu convenio colectivo puede fijar plazos distintos, así que empieza por revisar tu convenio. Ante un conflicto concreto, consulta con un sindicato o un abogado laboralista.

Cuánto puede durar

Los límites los fija primero el convenio colectivo. Solo si el convenio no dice nada se aplican los máximos del Estatuto:

Caso Duración máxima (sin convenio)
Técnicos titulados 6 meses
Resto de trabajadores 2 meses
Resto de trabajadores en empresas de menos de 25 empleados 3 meses
Contratos temporales de hasta 6 meses 1 mes (salvo que lo cambie el convenio)

Muchos convenios sectoriales fijan su propia escala por grupos: el convenio estatal del metal, por ejemplo, va de hasta seis meses en los grupos 1 y 2 a 15 días en los grupos 6 y 7.

Tres reglas más que conviene tener claras:

  • Tiene que estar por escrito. Si en tu contrato no consta el periodo de prueba, no se puede exigir después.
  • No se puede pactar si ya hiciste las mismas funciones en esa empresa, con cualquier tipo de contrato anterior: ese pacto es nulo.
  • Si el convenio lo fija en días, mira si dice «naturales», «laborables» o «de trabajo efectivo»: esa palabra cambia la fecha en la que termina.

Tus derechos durante la prueba

Mientras dura, tienes los mismos derechos y obligaciones que un trabajador de plantilla en tu puesto: el salario, la jornada, las vacaciones que se vayan generando y la cotización a la Seguridad Social. La única diferencia es que cualquiera de las partes puede resolver el contrato.

  • Sin alegar causa: el Estatuto no exige que se explique el motivo ni prevé preaviso ni indemnización. Algunos convenios añaden un aviso mínimo; mira el tuyo.
  • Embarazo y maternidad: la empresa no puede terminar el contrato por esta razón, desde que empieza el embarazo hasta el inicio del descanso por nacimiento. Si lo hace, esa decisión es nula, salvo que acredite motivos que no tengan relación con el embarazo.
  • Antigüedad: si superas la prueba, el contrato produce plenos efectos y el tiempo de prueba cuenta como antigüedad.

Baja médica, nacimiento y otras interrupciones

La incapacidad temporal, el nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción, el acogimiento, el riesgo durante el embarazo o la lactancia y la violencia de género interrumpen el cómputo del periodo de prueba, siempre que ambas partes lo acuerden. Si no hay acuerdo, el reloj sigue corriendo. Si tienes una baja durante la prueba, deja constancia por escrito de lo que se acuerde. Más sobre la baja en baja por enfermedad común.

Si te rescinden el contrato: ¿cobro el paro?

  • Si decide la empresa: hay situación legal de desempleo cuando la relación laboral anterior terminó por una causa que da derecho a paro, o cuando han pasado tres meses desde que terminó. Después hay que cumplir el resto de requisitos de la prestación, como las cotizaciones necesarias. Lo explicamos en prestación por desempleo y puedes estimarlo con la calculadora de paro.
  • Si te vas tú: es un cese voluntario y, como norma general, no da derecho a paro. Consulta preaviso al dejar el trabajo y la carta de renuncia.

Al terminar, la empresa debe liquidar lo que te deba hasta ese día. Qué incluye en qué es el finiquito.

Cómo aprovechar la prueba

Es también el momento de comprobar si el puesto, el equipo y las condiciones son los que te explicaron. Si empiezas ahora, repasa cómo afrontar el primer día de trabajo y anota por escrito cualquier tarea o condición que cambie respecto a lo pactado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede durar un periodo de prueba?

Lo que fije el convenio colectivo. Si el convenio no dice nada, el máximo es de seis meses para los técnicos titulados y de dos meses para el resto, que pasan a tres en empresas de menos de veinticinco trabajadores. En contratos temporales de hasta seis meses, el máximo es de un mes.

¿Pueden despedirme durante el periodo de prueba sin indemnización?

Durante la prueba, cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin necesidad de alegar una causa. El artículo 14 del Estatuto no prevé indemnización ni preaviso, aunque tu convenio puede regularlos. La empresa no puede hacerlo por embarazo o maternidad.

¿Cobro el paro si me rescinden el contrato en el periodo de prueba?

Sí, si la decisión es de la empresa y se cumplen los demás requisitos, siempre que tu empleo anterior terminara por una causa que da derecho a paro o hayan pasado tres meses desde entonces. Si eres tú quien se marcha, no hay situación legal de desempleo.

¿Puede ponerme periodo de prueba si ya trabajé antes en la empresa?

No para el mismo puesto. El pacto de prueba es nulo cuando ya has desempeñado las mismas funciones en la empresa con anterioridad, con cualquier tipo de contrato.

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